La Superintendencia de Industria y Comercio amplia la vigencia de la Resolución 77507 de 2016 hasta el 15 de noviembre de 2022, lo que permite continuar ejerciendo control metrológico de los surtidores, dispensadores y medidores de combustibles líquidos.
El control metrológico aplicable a los surtidores, dispensadores y/o medidores de combustibles líquidos, utilizados para determinar la cantidad (volumen) de hidrocarburos que se expende y comercializa en las estaciones de servicio (EDS), vehicular y fluvial, se reglamenta en la Resolución 77507 de 2016 de la Superintendencia de Industria y Comercio.