Toda nueva institución prestadora de servicios de salud deberá contar con verificación previa del cumplimiento de condiciones de habilitación para el inicio de actividades
El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.