Validez de documentos reconocidos en consulados

DICIEMBRE DE 2020

Sector: Relaciones Exteriores
Entidades Involucradas: Ministerio de Relaciones Exteriores
Ciudadano: Calidad de vida
Empresa: Productividad
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Exterior|Todo el país

Las autoridades no podrán exigir el documento original reconocido ante un Cónsul de Colombia para efectos de su presentación en procesos o procedimientos que se adelanten en el territorio nacional

El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al presidente de la República de facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.
 
En aplicación de estas facultades se expidió el Decreto 2106 de 2019, que  permitirá a todas las entidades públicas realizar mejoras en 2.900 trámites y procedimientos administrativos con el objetivo de mejorar el servicio y la atención a los ciudadanos.
 
Uno de estos procedimientos señala que, cuando se requieran documentos reconocidos ante cónsul o expedidos por un cónsul de Colombia, las autoridades deberán consultar los sistemas de información o bases de datos dispuestos por el Ministerio de Relaciones Exteriores para tal fin.
 
En consecuencia, no se podrán exigir los referidos documentos originales para efectos de adelantar trámites o procedimientos.
 
Antes del cambio normativo, era necesaria la presentación a las autoridades requirentes en el territorio nacional de los documentos originales reconocidos ante Cónsul de Colombia (por ejemplo, poderes especiales) para efectos de procesos o procedimientos que se adelantan en el territorio nacional.
 
Esto obligaba al ciudadano en el exterior a enviar el documento por correo internacional certificado.
 
Modificaciones
 
Las autoridades no podrán exigir el documento original reconocido ante un Cónsul de Colombia para efectos de su presentación en procesos o procedimientos que se adelanten en el territorio nacional.
 
En su lugar deberán establecer la autenticidad del documento con el código de verificación a través de los sistemas de información dispuestos por el Ministerio de Relaciones Exteriores. 
 
Este procedimiento forma parte de la interoperabilidad de la información de las autoridades integradas a los servicios ciudadanos digitales y se conoce como digitalización de servicios notariales.
 
Beneficios
 
  • Ya no será necesario esperar a que llegue a Colombia el documento original para presentarlo en los procesos o procedimientos en el territorio nacional.
  • El usuario en el exterior ya no tendrá que incurrir en el gasto correspondiente al envío del documento original por correo internacional certificado.
 
Para saber más
 
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