Tarifas de registros, permisos y notificación sanitaria del Invima

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MAYO DE 2022

Sector: Salud
Entidades Involucradas: Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima)
Empresa: Emprendimiento, Financiación
Mejora:Trámite/Normativa
Impacto regional: Todo el país

Las tarifas aplicadas a trámites asociados a expedición de registros sanitarios, serán diferenciadas de acuerdo con la clasificación de tamaño empresarial que se encuentre vigente

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, realiza el control de los productos bajo su jurisdicción mediante registros sanitarios, permisos sanitarios y notificación sanitaria.
 
El registro sanitario es el documento expedido por la autoridad sanitaria competente, mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, envasar o importar un alimento con destino al consumo humano.
 
El permiso sanitario es el documento expedido por el Invima, por el cual se autoriza a un microempresario para fabricar y vender alimentos de consumo humano en el territorio nacional
 
La notificación sanitaria obligatoria es la comunicación en la cual se informa a las autoridades nacionales competentes, bajo declaración jurada, que un producto cosmético será comercializado a partir de la fecha determinada por el interesado.
 
El manual tarifario vigente presenta tarifas estándares para estos trámites que son aplicadas a los productos competencia de acuerdo con la solicitud presentada.
 
Modificaciones
 
En concordancia con lo determinado en la Ley 2069 de 2020, (Ley de emprendimiento)  las tarifas aplicadas a trámites asociados a expedición de registros sanitarios, serán diferenciadas de acuerdo con la clasificación de tamaño empresarial que se encuentre vigente.
 
Este marco regulatorio impacta 19 trámites.
 
  1. Registro sanitario automático de reactivos de diagnóstico in vitro importados en la categoría I y II.
  2. Registro sanitario de medicamentos homeopáticos simples de régimen no simplificado y medicamentos homeopáticos complejos de fabricación nacional.
  3. Registro sanitario de medicamentos homeopáticos simples de régimen no simplificado y medicamentos homeopáticos complejos importados.
  4. Registro sanitario de preparaciones farmacéuticas con base en plantas medicinales y productos fitoterapéuticos tradicionales importados.
  5. Registro sanitario de suplementos dietarios importados.
  6. Registro sanitario o renovación de medicamentos importados incluidos en normas farmacológicas colombianas.
  7. Registro sanitario para bebidas alcohólicas fabricadas, hidratadas o envasadas a nivel nacional.
  8. Registro sanitario para bebidas alcohólicas importadas.
  9. Registro sanitario, permiso sanitario, notificación sanitaria para alimentos.
  10. Registro sanitario, permiso sanitario, notificación sanitaria para alimentos importados.
  11. Registro sanitario para plaguicidas de uso doméstico o de uso en salud pública de fabricación nacional e importados.
  12. Registro sanitario de medicamentos de fabricación nacional nuevos y/o renovaciones  incluidos en normas farmacológicas colombianas.
  13. Registro sanitario de suplementos dietarios de fabricación nacional.
  14. Registro sanitario de preparaciones farmacéuticas con base en plantas medicinales y productos fitoterapéuticos tradicionales de fabricación nacional.
  15. Registro sanitario de reactivos de diagnóstico in vitro de fabricación nacional e importados en la categoría III.
  16. Registro sanitario para dispositivos médicos de fabricación nacional e importados clases II B y III.
  17. Registro sanitario automático para dispositivos médicos y equipos biomédicos que no sean de tecnología controlada de fabricación nacional e importados clase I y IIA.
  18. Registro sanitario de régimen simplificado de medicamentos homeopáticos simples nacionales e importados.
  19. Registro sanitario y renovaciones automáticos para reactivos de diagnóstico in vitro categorías I y II, reactivos in vitro huérfanos para diagnóstico, reactivos in vitro grado analítico y analito específico, reactivos de uso general en el laboratorio y reactivos in vitro para investigación, de fabricación, nacional e importados.
 
 Beneficios
 
  • El Invima  cumple de la Ley 2069 de 2020 que tiene por objeto: "establecer un marco regulatorio que propicie el emprendimiento y el crecimiento, consolidación y sostenibilidad de las empresas, con el fin de aumentar el bienestar social y generar equidad".  
  • Establece tarifas diferenciadas a los trámites asociados a expedición de registros sanitarios teniendo en cuenta la clasificación de tamaño empresarial,
  • Beneficios a las empresas por reducción de valor a las tarifas.
 
Para saber más
 
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