Seguimiento temporal a licencias ambientales  

SEPTIEMBRE DE 2020

Sector: Medio Ambiente
Entidades Involucradas: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA
Empresa: Instalaciones, Insumos, Responsabilidad social
Mejora:Barrera/Tecnológica
Impacto regional: Todo el país

En el marco de la emergencia y las restricciones a la movilización derivadas del COVID-19 se tomaron medidas temporales para el seguimiento de proyectos, obras o actividades sujetos a licencia ambiental o plan de manejo ambiental

La licencia ambiental es un proceso utilizado para la planeación y administración de proyectos. Asegura que las actividades humanas y económicas se ajusten a las restricciones ecológicas y de recursos y, de esta forma, se constituye en un mecanismo clave para promover el desarrollo sostenible.
 
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales hace seguimiento ambiental de proyectos, obras o actividades sujetos a licencia ambiental o plan de manejo ambiental, durante su construcción, operación, desmantelamiento o abandono.
 
Este seguimiento consiste en verificar en campo la implementación del plan de manejo ambiental, así como la eficiencia y eficacia de las medidas de manejo.
 
De igual manera constata y exige el cumplimiento de todos los términos, obligaciones y condiciones que se deriven de la licencia o plan de manejo.
 
En el desarrollo de dicha gestión, la autoridad ambiental podrá realizar, entre otras actividades, visitas al lugar donde se desarrolla el proyecto, requerimientos de información y corroborar técnicamente o a través de pruebas los resultados de los monitoreos.
 
Modificaciones
 
En el marco de la emergencia y las restricciones a la movilización derivadas del COVID-19 se tomaron medidas temporales para el seguimiento de proyectos, obras o actividades sujetos a licencia ambiental o plan de manejo ambiental.
 
El titular de los instrumentos de manejo y control podrá solicitar prórroga para el cumplimiento de dichas obligaciones, identificando y justificando plenamente las dificultades.
 
El usuario o titular del instrumento deberá justificar las razones de fuerza mayor o caso fortuito que le impidan la realización de las actividades o monitoreos relacionadas con el plan de manejo ambiental y plan de seguimiento y monitoreo.
 
Si el proyecto está operando debe cumplir en su totalidad con el plan de manejo ambiental.
 
Se realizarán seguimientos con visitas guiadas (asistidas y remotas), para lo cual el usuario deberá contar con las herramientas tecnológicas que permitan su desarrollo.
 
En lo social se debe garantizar el desarrollo de suficientes acciones de relacionamiento con las comunidades y las autoridades del área de influencia del proyecto a través de mecanismos no presenciales equivalentes. Se revisará caso a caso.
 
Se modifican los plazos para el pago de la prestación del servicio de seguimiento ambiental.
 
Se suspenden temporalmente los términos, plazos, condiciones y obligaciones ambientales, o requerimientos de información ordenados en autos, resoluciones, comunicaciones -y en general de actos administrativos particulares o generales- asociadas al desarrollo de actividades o el levantamiento de información que impliquen visitas de campo, toma de muestras, interacción presencial con comunidades y autoridades locales.
 
Beneficios
  • Generar un alivio a las empresas que se han visto afectadas financieramente como consecuencia de los efectos del Coronavirus COVID19.
  • Uso de las reuniones y audiencias no presenciales o virtuales para garantizar la continuidad y efectividad en la prestación del servicio y función pública, y para hacer efectivos los derechos fundamentales de audiencia y participación de los administrados mientras dure el confinamiento obligatorio.
Para saber más
 
Medidas Autoridad Nacional de Licencias Ambientales por COVID-19
  • Resolución 00770 de 27 de abril de 2020.
  • Resolución 00642 de 13 de abril de 2020.
  • Resolución 00574 de 31 de marzo de 2020.
 
 
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