Saneamiento de cobros y recobros del sector salud de las entidades territoriales

SEPTIEMBRE DE 2020

Sector: Salud
Entidades Involucradas: Ministerio de Salud y Protección Social
Empresa: Financiación
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Términos y condiciones para el seguimiento al cumplimiento de las reglas establecidas para el saneamiento definitivo de los cobros o recobros

La Unidad de Pago por Capitación (UPC) es el valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al sistema general de seguridad social en salud (SGSSS) para cubrir las prestaciones del Plan Obligatorio de Salud (POS), en los regímenes contributivo y subsidiado.

El Plan Nacional de Desarrollo estableció los requisitos para lograr el saneamiento definitivo de las cuentas de recibo de servicios y tecnologías de la salud no financiadas con cargo a la Unidad de Pago por Capitación del régimen contributivo.
 
Asimismo, señaló las reglas para lograr el saneamiento financiero del sector salud de las entidades territoriales y las condiciones para que la Nación cofinancie estas deudas.
 
En el procedimiento que se venía aplicando se solicitaba a las entidades territoriales la información de las deudas por concepto de facturación de población pobre no asegurada y No UPC.
 
Hasta la expedición de la Resolución 3315 de 2019 se requirió la información detallada de la facturación radicada, auditada, pagada y pendiente de pago por concepto de No UPC, así como a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud-ADRES.
 
Modificaciones
 
La Resolución 3315 de 2019 define los términos y condiciones para el seguimiento al cumplimiento de las reglas establecidas para el saneamiento definitivo de los cobros o recobros.
 
Para adelantar el proceso de solicitud de giro de recursos de la cofinanciación por parte de la Nación ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el representante legal de la entidad territorial del orden departamental o distrital deberá reportar los documentos requeridos a través del portal transaccional de saneamiento, en las fechas establecidas para cada una de las fases que disponga en el Plan de Saneamiento.
 
El procedimiento para el giro de los recursos de cofinanciación está reglamentado en el Decreto 2154 de 2019.
 
Con corte a junio 30 de 2020, siete entidades territoriales habían remitido información de evaluación de esfuerzo fiscal ante el Ministerio de Hacienda y Crédito público  para el saneamiento de su Fase I del Plan de Saneamiento: Atlántico, Barranquilla, Valle, Antioquia, Tolima, Nariño y Caquetá.
 
Beneficios
  • Contribuir a la sostenibilidad financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  • Saneamiento financiero del sector salud de las entidades territoriales.
Para saber más 
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