Reserva técnica para el pago de premios en el régimen de contabilidad pública

MAYO DE 2021

Sector: Empresa|Hacienda
Entidades Involucradas: Contaduría General de la Nación
Empresa: Transparencia
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

La Resolución 170 de 2020 de la Contaduría General de la Nación modifica el catálogo general de cuentas del marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público

La Contaduría General de la Nación se encarga de consolidar la contabilidad general de la Nación con la de sus entidades, descentralizadas territorialmente o por servicios.

El Régimen de Contabilidad Pública identifica criterios homogéneos, transversales y comparables para la preparación, presentación y conservación de la información contable; establece criterios y prácticas contables que deben aplicar las entidades del sector público y los agentes que controlen o administren recursos públicos.

La Resolución 139 de 2015 establece, como parte del Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo la Contaduría General de la Nación para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público.

Modificaciones

La Resolución 170 de 2020 de la Contaduría General de la Nación modifica el catálogo general de cuentas del marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público.

Clasifica, en una sola cuenta del gasto, los valores que se generen por concepto de premios y demás gastos inherentes a la explotación del monopolio de juegos de suerte y azar.

Crea la subcuenta “Reserva técnica para el pago de premios” (Código 561810) y elimina la subcuenta del mismo nombre identificada con el Código 537303.

Beneficios

Claridad para aquellas empresas que deben acogerse a la normatividad.

Para saber más

Resolución 170 de 2020
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