Renovación de pasaporte electrónico

ABRIL DE 2022

Sector: Relaciones Exteriores
Entidades Involucradas: Ministerio de Relaciones Exteriores
Ciudadano: Identificación
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Exterior|Todo el país

El usuario mayor de edad que cumpla los requisitos señalados en la Resolución 6888 podrá gestionar el pasaporte ordinario o ejecutivo desde su casa u oficina

El Ministerio de Relaciones Exteriores es el encargado de expedir los pasaportes de los colombianos y de autorizar, mediante convenios con otras entidades públicas, su expedición, cuando lo estime necesario.
 
El compromiso del Ministerio es cumplir todos los protocolos y procedimientos internos de seguridad necesarios durante el proceso de expedición y entrega del documento que identifica a los colombianos en el exterior.
 
El pasaporte, por su naturaleza, debe responder a los estándares de seguridad a nivel mundial, en especial las normas internacionales expedidas por la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional), siendo esencial facultar a las oficinas expedidoras para abstenerse de realizar el trámite de expedición hasta tanto se confirme la identidad del solicitante.
 
Se ha evidenciado un número considerable de solicitudes con documentos base inconsistentes, anulados y cancelados por la Registraduría Nacional del Estado Civil, reportados como falsos o con adulteraciones.
 
En el marco de los acuerdos de interoperabilidad y en aras de actualizar los requisitos y procedimientos establecidos para la expedición de pasaportes ajustándolos a los nuevos requerimientos tecnológicos y- atendiendo los estándares internacionales, con el fin de seguir brindando a los usuarios un documento de forma ágil y eficiente,  es necesario regular las disposiciones referentes a los pasaportes y al documento de viaje colombiano.
 
Modificaciones
 
La Resolución 6888 del 26 de noviembre de 2021 regula las disposiciones referentes a los pasaportes y al documento de viaje colombiano y deroga las resoluciones 3959 de diciembre de 2020 y 656 de febrero de 2021.
 
Incluye el nuevo servicio de solicitud de pasaporte en línea, para los usuarios que tramitaron  el documento después del 17 de noviembre de 2017 en todas las oficinas expedidoras, incluyendo a las gobernaciones.
 
Los interesados podrán realizar la solicitud  a  través del aplicativo que la Cancillería desarrolle. Este servicio será accesible para los ciudadanos mayores de edad con pasaporte ordinario electrónico o ejecutivo electrónico y que hayan tenido una autenticación biométrica exitosa en el proceso de expedición del pasaporte anterior. Tendrá una vigencia de 10 años.
 
Beneficios
 
  • Con la puesta en marcha de la solicitud en línea, el usuario mayor de edad que cumpla los requisitos señalados en la Resolución 6888 podrá gestionar el pasaporte ordinario o ejecutivo desde su casa u oficina.
  • El usuario evita el desplazamiento a la oficina para la formalización del trámite y se elimina el tiempo de espera en sala.
  • Sólo se deberá presentar en la oficina para reclamar su pasaporte acompañado del documento de identidad y con validación biométrica.
 
Para saber más
 
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