Registros para lugar de producción de flores

Foto: Instituto Colombiano Agropecuario

MAYO DE 2022

Sector: Agropecuario
Entidades Involucradas: Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)
Empresa: Instalaciones
Mejora:Barrera/Administrativa
Impacto regional: Todo el país

La Resolución 0737 del 27 de enero de 2022 del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, definió los requisitos para obtener el registro de lugar de producción de flores o ramas de corte de las especies ornamentales con destino al mercado nacional

Todas las personas naturales o jurídicas que produzcan flores o ramas para corte de especies ornamentales, con destino al mercado nacional, deben registrar sus lugares de producción, con el fin de establecer requisitos que permitan el seguimiento y verificación de la condición fitosanitaria de diferentes plagas en estos sistemas productivos, en especial aquellas que se encuentran bajo control oficial.

Modificaciones

La Resolución 0737 del 27 de enero de 2022 del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, definió los requisitos para obtener el registro de lugar de producción de flores o ramas de corte de las especies ornamentales con destino al mercado nacional.

El trámite será de carácter obligatorio cuando se trate de pompón y crisantemo, en particular porque son especies hospedantes de roya blanca del crisantemo (Puccinia Horiana Henn) que es una enfermedad de control oficial.

Será voluntario cuando se trate de otra especie ornamental. Sin embargo el ICA, como autoridad sanitaria nacional, podrá definir, con base en situaciones de riesgo sanitario, la obligatoriedad del registro para otras especies ornamentales.

Luego de la presentación de documentos ante la gerencia seccional del ICA, habrá una visita técnica de verificación de la condición sanitaria del cultivo, y se expedirá un certificado de registro el cual tendrá una vigencia de dos años.

Para la renovación del registro, el titular del lugar de producción tendrá un plazo máximo de dos meses calendario antes de la caducidad del mismo.
 
Beneficios
 
  • Prevención, vigilancia y control de los riesgos que afecten la sanidad vegetal.
  • Garantizar el estatus fitosanitario del país y garantizar un comercio nacional de material vegetal legal y seguro.
  • Prevenir la dispersión o diseminación de plagas que afecten o puedan afectar la sanidad vegetal del país.
 
Para saber más
 
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