Registros para exportación de vegetales frescos

Foto: Instituto Colombiano Agropecuario, ICA

MAYO DE 2022

Sector: Agropecuario
Entidades Involucradas: Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)
Empresa: Comercio Exterior, Instalaciones, Insumos
Mejora:Barrera/Tecnológica
Impacto regional: Todo el país

La Resolución 824 de 2022 del ICA establece los requisitos para el registro ante la entidad de los lugares de producción, exportadores y empacadoras de vegetales para la exportación en fresco.
 

Los vegetales frescos son productos no manufacturados de origen vegetal correspondientes a las partes frescas de plantas destinadas al consumo o elaboración y no a ser plantadas.

Corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, ejercer el control sobre las exportaciones de productos de origen vegetal a fin de certificar su calidad fitosanitaria.

La Resolución 824 de 2022 del ICA establece los requisitos para el registro ante la entidad de los lugares de producción, exportadores y empacadoras de vegetales para la exportación en fresco.

La norma no reglamenta lo relacionado con flores o ramas cortadas de las especies ornamentales, ni material vegetal de propagación, ni granos o frutos secos.

Modificaciones

En el contenido de la resolución, se destacan seis modificaciones
  1. La renovación del registro del lugar de producción, exportador y/o empacadora se realizará de forma virtual en el sistema en línea que el ICA establezca para dicho fin, antes del vencimiento del registro, y deberá acompañarse con la información y actualización de requisitos exigidos en la Resolución 824.
 
  1. La modificación del registro del lugar de producción, exportación y/o planta empacadora para exportación de vegetales frescos se realizará de forma virtual en el sistema que la entidad disponga para tal fin.La resolución detalla las tres circunstancias donde debe haber modificación del registro y sus respectivas causales. Para cuando se trata de lugar de producción o de empacadora, el ajuste procede cuando hay cambio de titular, cambio de razón social o modificación de áreas cultivadas o especies vegetales registradas. En el caso del registro de exportador, el ajuste procede cuando hay cambio de razón social.
 
  1. Para el registro del lugar de producción de vegetales para exportación en fresco se realizará la solicitud de forma virtual diligenciando el formato único de información en el sistema que la entidad disponga para dicho fin. En la misma plataforma se cargarán en línea los requisitos documentales  referidos en la norma, que pasaron de diez a cinco.
 
  1. Para el registro de la empacadora, es decir el establecimiento en el cual se realiza la recepción, lavado, selección, clasificación, empaque, almacenamiento y despacho de productos vegetales para la exportación en fresco, la persona natural o jurídica realizará la solicitud de forma virtual diligenciando el formato único de información en el sistema que la entidad disponga para dicho fin. En la misma plataforma se cargan en línea los requisitos documentales referidos en la norma, que pasaron de seis a cuatro.
 
  1. Para el registro del exportador de vegetales frescos se realizará la solicitud de forma virtual diligenciando el formato único de información en el sistema que la entidad disponga para dicho fin. Se eliminan los requisitos documentales.
 
  1. La expedición del registro para el lugar de producción y/o empacadora para exportación de vegetales frescos se realizará de forma virtual en el sistema que la entidad disponga para tal fin.  Tendrá una vigencia de diez años para el caso de empacadora. Cuando se trate del lugar de producción tendrá una vigencia de dos años para las especies vegetales de ciclo corto, cinco años para las especies de ciclo medio y diez años para las especies vegetales de ciclo largo
Beneficios
 
  • Control sobre las exportaciones de productos de origen vegetal a fin de certificar su calidad fitosanitaria.
  • Garantía para los productos vegetales de calidad fitosanitaria y de inocuidad para lograr competitividad en los mercados especializados,
  • Mejoras normativas en lo relacionado al componente de inocuidad y el cumplimiento de los límites máximos de residuos a través de medidas basadas en el riesgo que sean de tipo preventivas y control en el lugar de producción, empacadora y bajo responsabilidad del exportador.
  • Racionalización de trámites, procedimientos y regulaciones innecesarios con el fin de facilitar, agilizar y garantizar el acceso al ejercicio de los derechos de las personas, el cumplimiento de sus obligaciones, combatir la corrupción y fomentar la competitividad.
  • Desarrollo de productos o servicios tecnológicos, que permitan proveer servicios de valor al público, enmarcados dentro de la estrategia de Gobierno Digital, así como las políticas públicas de racionalización de trámites y simplificación del Estado colombiano, de conformidad con la estrategia “Estado Simple, Colombia Ágil”.
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Para saber más
 
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