Radicación de facturas electrónicas en la Superintendencia  de Notariado y Registro

Foto: Supernotariado

AGOSTO DE 2021

Sector: Justicia
Entidades Involucradas: Superintendencia de Notariado y Registro
Empresa: Financiación, Transparencia
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Evitar que las facturas sean rechazadas y se produzcan reprocesos y demoras en el trámite respectivo

El Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) permite a la Nación, a través del Ministerio de Hacienda, consolidar la información de las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación y ejercen el control de la ejecución presupuestal.
 
Se trata de un sistema que coordina, integra, centraliza y estandariza la gestión financiera pública nacional, con el fin de propiciar una mayor eficiencia y seguridad en el uso de los recursos y de brindar información oportuna y confiable.
 
La Administración del SIIF Nación implementó el “Modelo de Recepción de Facturas de Venta, Notas Débito y/o Notas Crédito”, el cual aplica de forma obligatoria para todas las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación
 
Aquellos Proveedores o Contratistas que tengan identificado en el RUT la responsabilidad 52 – Facturador electrónico (emisor), deberán entregar factura electrónica de venta por los bienes y/o servicios ofrecidos.
 
Modificaciones
 
La Superintendencia de Notariado y Registro optó por el esquema de recepción de factura electrónicas en el SIIf Nacion denominado  “Recepción descentralizada por supervisor o cuentadante de caja menor”.
 
Esta modalidad establece que cada supervisor de contratos o cuentadante de caja menor recibe y gestiona (aprueba o rechaza) directamente cada documento electrónico en la herramienta del operador tecnológico Olimpia IT utilizado por el SIIF Nación.
 
Se designó un responsable de crear, modificar o actualizar la información relacionada con los supervisores registrados.
 
Beneficios
 
Evitar que las facturas sean rechazadas y se produzcan reprocesos y demoras en el trámite respectivo.
 
Claridad en el procedimiento para contratistas y proveedores.
 
Para saber más

Circular 209 de 2021 SNR
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