Préstamo de escenarios para eventos culturales

MARZO DE 2020

Sector: Cultura
Entidades Involucradas: Alcaldías|Ministerio de Cultura
Empresa: Instalaciones
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Se flexibilizan las condiciones para el préstamo de parques y estadios para la realización de espectáculos de las artes escénicas

El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.

En aplicación de estas facultades se expidió el Decreto 2106 de 2019, que  permitirá a todas las entidades públicas realizar mejoras en 2.900 trámites y procedimientos administrativos con el objetivo de mejorar el servicio y la atención a los ciudadanos.
 
Uno de los procedimientos tiene que ver con el préstamo de parques y estadios para la realización de espectáculos de las artes escénicas.
 
Modificaciones
 
Se flexibilizan las condiciones para el préstamo de parques y estadios para la realización de espectáculos de las artes escénicas, de acuerdo con la frecuencia que considere cada entidad territorial, sin que esto afecte la programación deportiva.
 
Anteriormente, dichos escenarios solo podían prestar sus instalaciones una vez al mes para la realización de este tipo de eventos, con una duración no mayor a cuatro días.
 
Ahora se podrán realizar espectáculos de las artes escénicas en estos espacios públicos más de una vez al mes, y serán las entidades territoriales las que determinen la periodicidad con la que se pueden adelantar y su duración.
 
Beneficios
 
Trámites, procesos y procedimientos administrativos sencillos, ágiles, coordinados, modernos y digitales.
 
Para saber más
 
Decreto 2106 de 2019
 
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