Permisos para eventos públicos en escenarios culturales

MARZO DE 2020

Sector: Cultura
Entidades Involucradas: Alcaldías|Ministerio de Cultura
Empresa: Instalaciones
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Los escenarios culturales de eventos públicos de las artes escénicas no deberán solicitar el permiso para cada espectáculo, función o temporada

El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.

En aplicación de estas facultades se expidió el Decreto 2106 de 2019, que  permitirá a todas las entidades públicas realizar mejoras en 2.900 trámites y procedimientos administrativos con el objetivo de mejorar el servicio y la atención a los ciudadanos.
 
Uno de los procedimientos tiene que ver con los permisos para las actividades que se llevan a cabo en escenarios culturales dedicados a la realización de eventos públicos de las artes escénicas.
 
Modificaciones
 
Este procedimiento tuvo tres intervenciones.
 
Los escenarios culturales que se dedican a la realización de eventos públicos de las artes escénicas no deberán solicitar el permiso para cada espectáculo, función o temporada.
 
Únicamente deberán cumplir con los requisitos básicos relacionados con los planes de contingencia, parámetros sanitarios, ambientales y de intensidad auditiva, entre otros contemplados en la normativa.
 
Beneficios
 
Trámites, procesos y procedimientos administrativos sencillos, ágiles, coordinados, modernos y digitales.
 
Para saber más
 
Decreto 2106 de 2019
 
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