Licencia de televisión comunitaria

JUNIO DE 2019

Sector: Comunicaciones
Entidades Involucradas: Autoridad Nacional de Televisión
Ciudadano: Comunidad
Empresa: Formalización
Mejora:Trámite/Normativa
Impacto regional: Todo el país

Un esquema de obligaciones y deberes acorde con la naturaleza de la TV comunitaria y su realidad.

La televisión comunitaria es el servicio de televisión cerrada, sin ánimo de lucro, prestado por las comunidades organizadas.
 
Tiene como finalidad satisfacer necesidades educativas, recreativas y culturales. Su programación, de producción propia, enfatiza el contenido social y comunitario.
 
La regulación que controlaba esta actividad contemplaba 42 requisitos para otorgamiento de licencia, una carga administrativa desproporcional para el interesado y requisitos no asociados a la prestación del servicio.
 
Modificaciones
 
Al racionalizar el trámite se mejoró en un régimen que fomenta la competencia y en un esquema de obligaciones y deberes acorde con la naturaleza de la TV comunitaria y su realidad.
 
En virtud del principio de favorabilidad, las solicitudes de licencias de las comunidades organizadas presentadas ante la ANTV, con anterioridad a la entrada en vigencia de los nuevos lineamientos, podrán tramitarse bajo el cumplimiento de estos requisitos, siempre que les sean más favorables.
 
Beneficios
  • Se busca generar y fomentar la prestación del servicio en las zonas más apartadas del país.
  • Menos requisitos para obtener la licencia que permite la prestación del servicio.
  • Compensación basada en los ingresos brutos de los operadores y según el rango poblacional del municipio, eximiendo del pago a municipios sin cubrimiento de televisión pública abierta.
  • Modificación de las horas semanales de producción de acuerdo con el número de asociados de los canales comunitarios.
  • Se asocia el valor de la garantía al valor de la compensación
Para saber más

Resolución 0650 de 2018 ANTV
Comparta esta publicación