Estudio de factibilidad para instituciones indígenas de educación superior

Foto: Artesanías de Colombia

ABRIL DE 2019

Sector: Educación
Entidades Involucradas: Ministerio de Educación Nacional
Ciudadano: Educación
Empresa: Calidad
Mejora:Trámite/Normativa
Impacto regional: Todo el país

Se exonera del pago de aprobación del estudio de factibilidad socioeconómica para la creación de instituciones de educación superior, estatales u oficiales, a los territorios indígenas. 

Para crear una institución educativa de origen público o estatal (en Colombia) es necesario elaborar un estudio de factibilidad socioeconómica. Dicho documento sirve para demostrar, entre otras cosas, la disponibilidad de personal docente e idóneo con la dedicación específica necesaria, organización académica y administrativa adecuada y recursos físicos y financieros suficientes.
 
También establece que la creación de la institución respectiva está acorde con las necesidades regionales y nacionales.
 
Ese estudio de factibilidad es evaluado por la Sala Institucional de la Comisión Intersectorial para el Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior -CONACES- y aprobado por parte de la Ministra o el Ministro de Educación Nacional.
 
Actualmente, la totalidad de las instituciones debe realizar un pago por el estudio, equivalente a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
 
Los Territorios Indígenas pueden crear instituciones de educación superior propias a través de sus autoridades.
 
Estas instituciones se clasifican como entidades públicas de carácter especial. Sus principales objetivos son la formación integral y la investigación en el marco del Sistema Educativo Indígena Propio, así como contribuir al reconocimiento de la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana.
 
Modificaciones
 
Se exonera del pago de aprobación del estudio de factibilidad socioeconómica, para la creación de instituciones de educación superior estatales u oficiales, a los territorios indígenas, en aplicación del régimen especial establecidos por el Decreto 1953 de 2014.
 
Beneficios
 
La gratuidad del trámite para los territorios indígenas.
 
Para saber más
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