Estatutos de organizaciones comunales de primer y segundo grado en Bogotá

Sector: Municipios
Entidades Involucradas: Instituto Distrital de la Participación y la Acción Comunal
Ciudadano: Comunidad
Mejora:Trámite/Tecnológica
Impacto regional: Bogotá

Creación del aplicativo para realizar el trámite parcialmente en línea

Las organizaciones comunales de primer grado son la junta de acción comunal y la junta de vivienda comunitaria.
 
La junta de acción comunal es una organización cívica, social y comunitaria de gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por los residentes de un lugar que aúnan esfuerzos y recursos para procurar un desarrollo integral, sostenible y sustentable con fundamento en el ejercicio de la democracia participativa.
 
La junta de vivienda comunitaria es una organización cívica sin ánimo de lucro, integrada por familias que se reúnen con el propósito de adelantar programas de mejoramiento o de autoconstrucción de vivienda.
 
Las organizaciones comunales de segundo grado están conformadas por asociaciones de juntas de acción comunal y juntas de vivienda comunitaria.
 
La inscripción de la adopción o reforma de los estatutos que rigen los asuntos internos de estas organizaciones es una obligación que,  en Bogotá, se tramita ante el Instituto Distrital de la Participación y la Acción Comunal.
 
El proceso actual se realiza de manera presencial, radicando una solicitud y la documentación soporte del mismo.
Se tramita al interior de la Subdirección de Asuntos Comunales,   obteniendo como resultado lo solicitado por el ciudadano en los tiempos determinados por la norma.
 
Modificaciones
 
Creación del aplicativo para realizar el trámite parcialmente en línea.
 
Beneficios
 
Disminución en los tiempos de desplazamiento por parte de los solicitantes.
 
Para saber más
 
Trámites y servicios Participación Bogotá
 
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