Domicilio de empresas petroleras extranjeras

Sector: Minas y Energía
Entidades Involucradas: Ministerio de Minas y Energía
Empresa: Estatus
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Las compañías interesadas en celebrar contratos sobre petróleo podrán tomar como domicilio la cabecera del circuito de notaría de su preferencia

El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.

En aplicación de estas facultades se expidió el Decreto 2106 de 2019, que  permitirá a todas las entidades públicas realizar mejoras en 2.900 trámites y procedimientos administrativos con el objetivo de mejorar el servicio y la atención a los ciudadanos.
 
Uno de los procedimientos tiene que ver con las opciones de las empresas petroleras extranjeras para registrarse en Colombia.
 
Modificaciones
 
Las compañías interesadas en celebrar contratos sobre petróleo podrán tomar como domicilio la cabecera del circuito de notaría de su preferencia. De igual manera, se determina que estas empresas serán consideradas como colombianas para los efectos nacionales e internacionales.
 
Beneficios
 
Trámites, procesos y procedimientos administrativos sencillos, ágiles, coordinados, modernos y digitales.
 
Para saber más
 
Decreto 2106 de 2019
 
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