Se hico una revisión documental, normativa y procedimental para actualizar el trámite
La Concesión de Aguas Superficiales es el derecho que otorga la entidad competente a toda persona natural o jurídica, pública o privada, para el aprovechamiento de las aguas para los siguientes fines.
a) Abastecimiento doméstico en los casos que requiera derivación.
b) Riego y silvicultura.
c) Abastecimiento de abrevaderos cuando se requiera derivación.
d) Uso industrial.
e) Generación térmica o nuclear de electricidad.
f) Explotación minera y tratamiento de minerales.
g) Eplotación petrolera.
h) Inyección para generación geotérmica.
i) Generación hidroeléctrica.
j) Generación cinética directa.
k) Flotación de maderas.
l) Transporte de minerales y sustancias tóxicas.
m) Acuicultura y pesca.
n) Recreación y deportes.
0) Usos medicinales.
p) Otros usos similares.
La Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los ríos Negro y Nare, Cornare, es la encargada de este trámite en 26 municipios del oriente de Antioquia, con un área aproximada de 827.600 hectáreas.
Anualmente la corporación requiere actualizar y mejorar los procedimientos relacionados con el trámite.
Modificaciones
Una revisión documental, normativa y procedimental para actualizar el trámite.
Beneficios
Trámites actualizados para una atención integral.
Para saber más
Trámites Cornare