Adaptar la normatividad vigente al hecho de que la comercialización de medicamentos y productos fitoterapéuticos ya no solo se realiza a través de canales tradicionales, sino también por medios virtuales, a través de sitios web oficiales o plataformas digitales.
En Colombia no se permitía la comercialización de medicamentos y productos fitoterapéuticos con fórmula facultativa o de venta libre a través de sitios web oficiales o plataformas digitales.