Canon de arriendo en locales de aeropuertos  

Foto: Aerocivil

AGOSTO DE 2020

Sector: Transporte
Entidades Involucradas: Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil
Empresa: Instalaciones
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Suspensión temporal del cobro de cánones de arriendo a inmuebles de explotación comercial ubicados en aeropuertos no concesionados

La demanda del transporte aéreo se redujo abruptamente, tanto en Colombia como en el mundo, como consecuencia de la crisis global derivada de los efectos del COVID-19.
 
La situación obligó a las aerolíneas a suspender, reprogramar y cancelar vuelos, en proporciones muy significativas que impactaron la dinámica de ingresos de la industria aérea.
 
Uno de los rubros afectados es la facturación mensual, en aeropuertos administrados por la Aeronáutica Civil, del servicio de arrendamiento de locales de explotación comercial por parte de terceros.
 
Modificaciones
 
Suspensión temporal del cobro de cánones de arriendo a inmuebles de explotación comercial ubicados en aeropuertos no concesionados, mientras las medidas sanitarias expedidas por el Gobierno Nacional impidan su explotación.
 
Beneficios
 
Reducir costos a los explotadores de los locales de uso comercial en aeropuertos y aeródromos administrados por la Aerocivil hasta que se  reactiven estas actividades.
 
Para saber más
 
Decreto 482 de 2020
 
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