Alternativas ambientales para proyectos de energías no convencionales

JUNIO DE 2020

Sector: Medio Ambiente|Minas y Energía
Entidades Involucradas: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA|Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible|Unidad de Planeación Minero Energética, UPME
Empresa: Instalaciones, Insumos, Responsabilidad social
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Mediante el Decreto 2462 de 2018 se simplificó el proceso

Las Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), son aquellos recursos de energía, disponibles a nivel mundial, que son ambientalmente sostenibles, pero que en el país no son empleados, se utilizan de manera marginal, y no se comercializan ampliamente.
 
En Colombia, los proyectos de exploración y uso de Fuentes No Convencionales de Energía virtualmente contaminantes, con capacidad instalada superior a diez MW debían presentar un Diagnóstico Ambiental de Alternativas, DAA.
 
El DAA tiene como objeto suministrar la información para evaluar y comparar las diferentes opciones que presente el peticionario, bajo las cuales sea posible desarrollar un proyecto, obra o actividad. Las diferentes opciones deberán tener en cuenta el entorno geográfico y sus características ambientales y sociales, análisis comparativo de los efectos y riesgos inherentes a la obra o actividad, y las posibles soluciones y medidas de control y mitigación para cada una de las alternativas.
 
Durante el año 2018 se presentaron 38 solicitudes de este tipo.
 
Modificaciones
 
Mediante el Decreto 2462 de 2018 se simplificó el proceso, eliminando la necesidad de presentar DAA para proyectos de exploración y uso de fuentes de energía alternativa virtualmente contaminantes.
 
Beneficios
 
  • Mejoras en tiempo con un promedio de 133 días hábiles durante 2018.
  • La mejora en costos es de $56 millones 263 mil pesos  por solicitud.
 
Para saber más
 
Decreto 2462 de 2018
 
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