La autorización para laborar horas extras se comenzará a otorgar con vigencia de dos años en lugar de ser anual.
La legislación laboral vigente en Colombia señala que “Ni aún con el consentimiento expreso de los trabajadores, los empleadores podrán, sin autorización especial del Ministerio del Trabajo, hacer excepciones a la jornada máxima legal de trabajo”.
El procedimiento establecido para otorgar dichas autorizaciones fijaba una vigencia máxima de un año para las mismas.
Ahora este tope se extendió a dos años, lo que beneficia unas 27 mil empresas que, anualmente, hacen peticiones en este sentido.
Modificaciones
La autorización para laborar horas extras se comenzará a otorgar con vigencia de dos años en lugar de ser anual.
Beneficios
Menos trámites para los empresarios nacionales.
Para saber más
Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo