No es necesario radicar los documentos de manera presencial
Se le llama tornaguía al certificado único nacional, expedido por las autoridades departamentales, a través del cual se autoriza y controla la entrada, salida y movilización de productos gravados con impuestos al consumo, o que sean objeto del monopolio rentístico de licores, cuando se realice entre entidades territoriales que sean sujetos activos de tales impuestos, o dentro de las mismas, cuando sea del caso.
La tornaguía de reenvíos corresponde a la autorización para el transporte de los productos, entre entidades territoriales que son sujetos activos de dichos impuestos, cuando dichas mercancías habían sido declaradas para consumo en la entidad territorial de origen.
En la Gobernación de Nariño este trámite se realiza de forma presencial en la Subsecretaria de Rentas (calle 19 No 23-78 - Piso 3º - Oficina 305) donde se deben presentar los documentos.
El trámite es gratuito y se obtiene de manera inmediata factura o relación de productos con el autoadhesivo correspondiente a la tornaguía.
Modificaciones
Envío de los documentos al correo electrónico luisparedes@narino.gov.co
Beneficios
Ahorro en tiempo para la realización del trámite, ya que no es necesario radicar los documentos de manera presencial.
Para saber más
Trámites Gobernación de Nariño