No están sujetos a retención en la fuente los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a las entidades que se encuentren intervenidas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.