Requisitos para insumos agropecuarios y semillas para siembra

JULIO DE 2021

Sector: Agropecuario
Entidades Involucradas: Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)
Empresa: Calidad, Responsabilidad social, Transparencia
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Trámites sencillos, libres de toda complejidad innecesaria

Es función general del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, conceder, suspender o cancelar licencias, registros, permisos de funcionamiento, comercialización, movilización, importación o exportación de animales, plantas, insumos, productos y subproductos agropecuarios, directamente o a través de los entes territoriales o de terceros, en los asuntos propios de su competencia.

También corresponde a la entidad ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios en el país, con el fin de prevenir riesgos que puedan afectar la sanidad animal y vegetal y la calidad de los insumos agropecuarios.

Los insumos agropecuarios se refieren a toda sustancia o mezcla de sustancias de origen natural, sintético, biológico o biotecnológico, utilizada para promover la producción agropecuaria, así como para el diagnóstico, prevención, control, erradicación y tratamiento de las enfermedades, plagas y otros agentes nocivos que afecten a las especies animales, vegetales o a sus productos.

También son considerados como insumos agropecuarios las aves comerciales (ponedoras y pollo de engorde), el semen y embriones de bovinos, de pequeños rumiantes, de equinos y de porcinos, alimentos, aditivos, fertilizantes, bioinsumos, plaguicidas agrícolas y pecuarios.

El registro de las personas naturales y jurídicas que se dediquen a comercializar insumos agropecuarios y semillas para siembra constituye una medida para las labores de supervisión.

En ese sentido la entidad expidió la Resolución No. 090832 del 26 de enero de 2021, “Por medio de la cual se establecen los requisitos para la comercialización, distribución, almacenamiento de los insumos agropecuarios y semillas para siembra”.

Modificaciones

En el contenido de la resolución se destacan 6 mejoras normativas.
 

  • Establece requisitos para registro y control de las actividades a través de establecimientos de comercio tanto físicos como electrónicos. Se incluye en la resolución el comercio electrónico de insumos agropecuarios y semillas para siembra y se normalizan las distintas actividades del mismo.
  • Define que la visita técnica se realizará posterior al registro de comercializador de insumos agropecuarios y/o semillas para siembra. En esta visita se verificará el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 090832.
  • Elimina requisitos para adelantar el trámite de registro de establecimientos que comercializan insumos agropecuarios y semillas para siembra como el certificado de uso de suelos, concepto sanitario, copias de contrato con un ingeniero agrónomo o con un médico veterinario. En vez del certificado de existencia y representación legal el ICA verificará que el usuario cumpla, sin exigir la presentación del documento.
  • Precisa que diligenciado el formato único de información básica a través de la página web del ICA, el sistema asignará de manera automática un código de registro del comercializador, el cual tendrá una vigencia indefinida.
  • Los usuarios que se encuentren registrados previamente podrán realizar modificaciones a su registro diligenciando el formato único de información del sistema dispuesto en la página web del ICA. La modificación se obtendrá de manera inmediata. Las modificaciones podrán hacerse en estas circunstancias: cambio del titular del registro, cambio de dirección del establecimiento comercializador, adición o supresión de alguna de sus sedes o bodegas de almacenamiento, cambio de razón social y cambio de datos de contacto.
  • Genera, de manera específica, cada uno de los requisitos para dar cumplimiento a las condiciones del almacenamiento y comercialización de los insumos agropecuarios y/o semillas para siembra, los cuales incluyen los siguientes:
 
  • Requisitos del almacenamiento, distribución, y comercialización.
  • Requisitos especiales de manejo de venta de animales.
  • Requisitos especiales para centros de acopio de plaguicidas desechados o descartados.
  • Registros y documentación. Todos los documentos generados durante la adquisición, recepción, almacenamiento y distribución de los insumos agropecuarios y/o semillas para siembra.
Beneficios
 
  • Trámites sencillos, libres de toda complejidad innecesaria.
  • Requisitos racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir.
  • Medidas sanitarias y fitosanitarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal y la prevención de riesgos en inocuidad para el eslabón primario.
  • Seguimiento a la calidad de los productos comercializados de conformidad con lo aprobado por el ICA.
Para saber más

Resolución No. 090832 del 26 de enero de 2021
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