Reportes de información al SIGEP

MARZO DE 2020

Sector: Función pública
Entidades Involucradas: Departamento Administrativo de la Función Pública
Ciudadano: Empleo
Empresa: Seguridad social
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Las personas que tomen posesión de sus cargos en un empleo público deben registrar su hoja de vida y su declaración de bienes y rentas en el SIGEP

El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.

En aplicación de estas facultades se expidió el Decreto 2106 de 2019, que  permitirá a todas las entidades públicas realizar mejoras en 2.900 trámites y procedimientos administrativos con el objetivo de mejorar el servicio y la atención a los ciudadanos.
 
Uno de los procedimientos tiene que ver con los reportes al Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP).
 
Modificaciones
 
Las personas que tomen posesión de sus cargos en un empleo público deben registrar su hoja de vida y su declaración de bienes y rentas en el SIGEP. Esta inscripción inicial servirá para que los datos sólo deban ser actualizados cuando el usuario del sistema se vincule a una nueva entidad pública.
 
Por su parte, las personas que vayan a suscribir un contrato de prestación de servicios con una entidad pública deben diligenciar el formato establecido por Función Pública a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública, SECOP, y no duplicar la tarea en otro sistema del Gobierno, el cual se encargará de la interoperabilidad entre sus sistemas para facilitarle el diligenciamiento a sus contratistas.
 
Beneficios
 
Trámites, procesos y procedimientos administrativos sencillos, ágiles, coordinados, modernos y digitales.
 
Para saber más
 
Decreto 2106 de 2019
 
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