Registro de extranjeros y certificado de movimientos migratorios

MARZO DE 2021

Sector: Relaciones Exteriores
Entidades Involucradas: Migración Colombia
Ciudadano: Identificación
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Exterior|Todo el país

La Resolución 2061 de 2020 de Migración Colombia establece siete ajustes que se traducen en beneficios para los usuarios de estos procedimientos

Corresponde a Migración Colombia llevar el registro de extranjeros titulares o beneficiarios de visa, cuya vigencia sea superior a tres meses, salvo las excepciones establecidas tanto en el ordenamiento jurídico nacional como en el internacional.

La entidad también expide los certificados de movimientos migratorios, donde se relacionan los ingresos y salidas de Colombia tanto de nacionales como de extranjeros.

Para acceder a una serie de trámites relacionados con el registro y el certificado, ahora existe la obligatoriedad de solicitar una cita mediante los mecanismos previstos por la entidad y presentarse en la fecha y hora descrita en la cita en el punto de atención de trámites de extranjería.

Modificaciones

La Resolución 2061 de 2020 de Migración Colombia establece siete ajustes que se traducen en beneficios para los usuarios de estos procedimientos.
 
  • Establece la posibilidad de que los extranjeros puedan realizar la solicitud de movimientos migratorios en línea.
  • Para los extranjeros la entrega del documento se hará de manera presencial en el Punto de Atención de Trámites de Extranjería seleccionado al momento de diligenciar el Formulario Único de Trámites.
  • Estandariza el registro de menores de 7 años, exceptuando para ellos el registro biométrico y la cédula de extranjería.
  • Estandariza el traspaso de visa, estableciendo que los extranjeros solo deberán realizar el registro, siempre y cuando no se modifiquen los datos de la cédula de extranjería. De no ser así, se deberá tramitar una nueva cédula de extranjería con los correspondientes datos.
  • Dispone la posibilidad de solicitar el duplicado de la cédula de extranjería en línea en la página web.
  • Estandariza el registro de menores que, una vez alcancen los 7 años, deberán presentarse para realizar la inscripción en el registro de extranjeros.
  • Hace referencia a los requisitos para el registro de extranjeros. En este sentido son 5 requisitos, dentro de los cuales están el diligenciamiento del Formulario Único de Trámites, solicitar una cita y presentación del pasaporte.

Beneficios

Organización del servicio de manera adecuada, para garantizar una atención más transparente y con el cumplimiento de todas las normas de bioseguridad implementadas por el Gobierno Nacional.

Para saber más

Resolución 2061 de 2020 Migración Colombia
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