Prórroga de salvoconducto por la Cancillería

Foto: Ministerio de Relaciones Exteriores

Sector: Relaciones Exteriores
Entidades Involucradas: Migración Colombia|Ministerio de Relaciones Exteriores
Ciudadano: Identificación
Mejora:Trámite/Normativa
Impacto regional: Todo el país

El solicitante tendrá el beneficio de solamente radicar su solicitud directamente en Migración Colombia. Ellos le darán la respuesta.

El salvoconducto es el documento de carácter temporal que, bajo determinadas circunstancias previamente definidas en la norma migratoria, expide la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia al extranjero que así lo requiera. Este documento es de dos clases: para salida del país o para permanencia.

La autoridad migratoria podrá expedir el salvoconducto al extranjero que, estando dentro del territorio nacional, adelanta trámites para la obtención de una visa. En circunstancias especiales, si el plazo concedido en el salvoconducto resulta insuficiente para finalizar la gestión de la visa, este podrá ser prorrogado.

Con el fin de adelantar el trámite se realiza el estudio de la solicitud de prórroga enviada a través de correo electrónico por la oficina de Migración Colombia al correo migracion.cancilleria, con los documentos del solicitante.
 
La respuesta se envía a Migración Colombia, entidad que se pone en contacto nuevamente con el solicitante para informarle el resultado.
 
Modificaciones
 
El solicitante tendrá el beneficio de solamente radicar su solicitud directamente en Migración Colombia. Ellos le darán la respuesta y, cuando sea positiva, la prórroga de salvoconducto, impresa, para su trámite de visa.
 
Beneficios
 
Una respuesta más rápida a las solicitudes.
 
Para saber más
 
Trámites Migración Colombia
 
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