Producción de cerveza artesanal y otras bebidas alcohólicas por microempresarios

Sector: Salud
Entidades Involucradas: Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima)|Ministerio de Salud y Protección Social
Empresa: Calidad, Emprendimiento, Responsabilidad social
Mejora:Barrera/Normativa
Impacto regional: Todo el país

El Decreto 1366 de 2020 establece una regulación que facilita la producción nacional de bebidas alcohólicas –incluida la cerveza artesanal- por parte de microempresarios y elimina 8 barreras

Corresponde al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima otorgar el registro sanitario a los productores de bebidas alcohólicas, que incluyen la cerveza artesanal.

El universo de fábricas de microempresarios identificadas en los procesos de vigilancia y control actualmente es de 252.

Se le llama cerveza artesanal a la bebida comprendida entre 2.5 y 12 grados alcoholímetricos resultante de un proceso de fermentación alcohólica por medio de levaduras, de un mosto elaborado con cebada malteada o extracto de malta, granos cereales malteados o cereales no malteados, cebada malteada con frutas o jugos o pulpa de frutas, cebada malteada con granos no cereales, lúpulos, agua potable o microorganismos de uso comercial.

Se pueden adicionar productos alimenticios durante el proceso de producción con el fin de conseguir aromas y sabores distintos. Se permitirá el uso de coadyuvantes tecnológicos, no sintéticos, cuyo objetivo sea apoyar el proceso artesanal de clarificación.

Se puede realizar proceso de maduración o envejecimiento en barricas de madera.

Por el proceso de elaboración artesanal característico será opcional el uso de microfiltrado y pasteurización, siempre y cuando garanticen la calidad e inocuidad de la bebida alcohólica.

Modificaciones

El Decreto 1366 de 2020 establece una regulación que facilita la producción nacional de bebidas alcohólicas –incluida la cerveza artesanal- por parte de microempresarios y elimina 8 barreras.
 
  • Señala que los establecimientos donde se fabriquen, elaboren, hidraten, envasen bebidas alcohólicas de propiedad de microempresarios tendrán un plazo de 5 años para obtener la certificación BPM (Buenas Prácticas de Manufactura). Si los empresarios obtuvieron el certificado dentro de los términos del Decreto 1686 de 2012, tendrán una ampliación de vigencia por 5 años más.
  • Establece que el titular del registro sanitario de las bebidas alcohólicas está en la obligación de tramitar ante el Invima la actualización del registro cuando existan cambios en la información en que se sustentó su expedición.
  • Determina que el registro sanitario para bebidas alcohólicas para microempresarios se identificará como Invima LM para efectos de vigilancia y control sanitario.
  • Establece que se pueden amparar varias bebidas alcohólicas fabricadas por microempresarios con un mismo registro sanitario desde que corresponda a la misma clasificación del producto, igual marca comercial y que el lugar cuente con BPM.
  • Responsabiliza al Invima de las funciones de inspección, vigilancia y control en coordinación con la secretaría o entidad municipal o distrital que corresponda, en desarrollo del modelo de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) Sanitario, definido por el Ministerio de Salud y Protección Social.
  • Ordena a las autoridades sanitarias adoptar las medidas de seguridad e imponer las sanciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley 9 de 1979.
  • Obliga al titular del registro sanitario para microempresarios cumplir en todo momento con la norma sanitaria vigente, las condiciones de producción y el aseguramiento de control de calidad exigida, bajo los cuales se concede el mismo.
  • Cualquier transgresión a la normativa o condiciones establecidas para su otorgamiento y los efectos que esta tenga sobre la salud de la población, se extenderá́ igualmente al fabricante, transportador y comercializador de la bebida alcohólica.
Beneficios
 
  • Otorga un tiempo de 5 años adicionales para surtir el proceso de certificación de BPM.
  • La certificación de BPM para microempresarios tendrá una nueva tarifa de menor costo.
  • Permite que el titular (microempresario) solicite actualizaciones del registro sanitario bajo el marco normativo del Decreto 1366 de 2020, concedido en el momento de su expedición bajo las condiciones reglamentadas en el Decreto 1686 de 2012.
  • En cualquier momento de su vigencia puede realizar una ampliación en su operación.
  • A través de una sola modificación puede realizar todas las actualizaciones que se ameriten de acuerdo con las necesidades de expansión en el mercado permitiendo aumentar las expectativas de posicionamiento de producto nuevo bajo el mismo registro sanitario.
  • Permite identificar un registro sanitario que fue otorgado a un microempresario bajo el marco normativo del Decreto 1366 de 2020 de tal modo que pueda favorecerse la entrada al mercado del producto objeto del registro.
  • Se podrán agrupar en un mismo registro varios productos de diferentes líneas de producción, no solamente los vinos.
  • Al poder amparar en un solo registro sanitario varios productos, se reducen costos en permisos de comercialización lo cual apalanca los gastos operacionales en la puesta en marcha de un producto en el mercado.
  • Las competencias para el desarrollo de las acciones de Inspección, Vigilancia y Control - IVC-, se mantienen en las dos reglamentaciones, liderada por el Invima y en articulación con las entidades territoriales de salud correspondientes.
  • La competencia del invima, se ciñe a lo establecido en la regulación vigente y su actuar en pro de la protección y promoción de la salud de la población.
  • Se establece una responsabilidad directa en el titular, fabricantes, transportadores y comercializadores de productos con registro sanitario concedido bajo el Decreto 1366 de 2020; lo que permite tomar acciones a los entes competentes sobre la transgresión de las normas; salvaguardando la salud de los consumidores y fortaleciendo la confianza en el gremio productor de bebidas alcohólicas.
Para saber más 

Decreto 1366 de 2020
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