Procesos, actuaciones, procedimientos y trámites virtuales en la Supersociedades

MAYO DE 2021

Sector: Empresa
Entidades Involucradas: Superintendencia de Sociedades
Empresa: Estatus
Mejora:Barrera/Tecnológica
Impacto regional: Todo el país

La Superintendencia de Sociedades ha implementado un Protocolo de Bioseguridad para la gestión y el desarrollo de diligencias

Mientras permanezcan vigentes restricciones debido a la emergencia sanitaria declarada con motivo de la pandemia del COVID-19, la Superintendencia de Sociedades ha tomado las medidas necesarias para garantizar la atención y la prestación de los servicios.

Privilegiando los servicios esenciales, el funcionamiento de la economía y el mantenimiento del aparato productivo empresarial, la superintendencia hará uso de las tecnologías de la información con las que cuenta, así como de la plataforma y de los protocolos que para el efecto fueron preparados, para dar continuidad al servicio siempre que ello sea posible.

La entidad ya contaba, desde antes de la emergencia, con mecanismos de notificación como la baranda virtual. Se trata de un servicio gratuito y 100% en línea para los ciudadanos y partes de los procesos. Permite la consulta de radicados, estados, traslados, procesos, avisos de ley, entre otros, y está disponible 7 x 24.

Modificaciones

La Superintendencia de Sociedades ha implementado un Protocolo de Bioseguridad para la gestión y el desarrollo de diligencias, o sea las audiencias judiciales o las actuaciones administrativas dentro de los procesos jurisdiccionales o administrativos mediante el uso de herramientas tecnológicas.

Igualmente respecto al acceso virtual o remoto a los documentos que conforman el expediente en procesos judiciales y actuaciones administrativas.
 

La Resolución No. 2020-01-300783 establece que las audiencias, diligencias, notificaciones personales y las actuaciones relativas a los procesos jurisdiccionales que se tramitan ante la Delegatura para Procedimientos Mercantiles y la Delegatura para Procedimientos de Insolvencia, se realizarán a través de medios virtuales y tecnológicos, siempre que las mismas cuenten con las herramientas para que los usuarios puedan acceder en tiempo real desde su ubicación remota. 

También que la Supersociedades comunicará y notificará las decisiones judiciales y sus actos administrativos, a través de medios electrónicos, entre estos la baranda virtual de la entidad o el correo electrónico que el usuario haya suministrado al efecto, entre otras medidas que permiten la atención y la prestación de los servicios mediante el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

Beneficios

  • La baranda virtual permite la consulta de miles de documentos asociados con diferentes procesos administrativos y jurisdiccionales, radicados, avisos de ley, entre otros.
  • Dado que el ciudadano no tiene que desplazarse a las sedes para consultar esta información, le genera ahorro de tiempo.
  • La información está disponible 7 días por 24 horas diarias.
  • Permite descargar los documentos, tiene un visor de PDF y otros datos de trazabilidad de los procesos y radicados.
  • El acceso para los ciudadanos y partes del proceso es gratuito, sólo requiere el uso de internet desde celular o equipo móvil; no requiere traslado a las sedes de la entidad.

Para saber más

Resolución No. 2020-01-300783
Comparta esta publicación