Procedimiento firma electrónica DIAN

Foto: DIAN

OCTUBRE DE 2020

Sector: Hacienda
Entidades Involucradas: Dian
Ciudadano: Impuestos
Empresa: Pago de impuestos
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Optimizar y facilitar el trámite del instrumento 

La firma electrónica es la combinación de una identidad electrónica y un código electrónico que sirve para el cumplimiento de deberes formales y tareas electrónicas habilitadas en los servicios informáticos electrónicos de la Direccción de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.
 
Sus funciones son identificar al contribuyente de manera inequívoca y asegurar la integridad y exclusividad del documento firmado.
 
Atendiendo la política de Gobierno Digital, es necesario optimizar y facilitar el trámite del instrumento de firma electrónica en la DIAN, para agilizar el uso de la misma en los servicios informáticos dispuestos para tal fin.
 
Modificaciones
 
El usuario debe ingresar al portal transaccional de www.dian.gov.co y realizar el trámite en línea,  ya sea generar o gestionar firma electrónica (FE).
 
En la sección mis actividades aparece  “Generar Firma Electrónica” si no tiene firma; o “Gestionar mi Firma Electrónica” si ya había realizado el proceso.
 
Se da clic y enseguida aparece un mensaje donde se informa al usuario que al generar la FE se convierte en el único instrumento autorizado para el cumplimiento de todas sus obligaciones, trámites y operaciones habilitados en los sistemas electrónicos de la DIAN.
 
Luego aparece una ventana denominada “Generar Firma Electrónica”, donde se visualizan los datos básicos del ciudadano (nombre, cédula y correo electrónico ) que se encuentran registrados en el RUT.
 
Se da clic en botón continuar, enseguida el servicio informa que el código de verificación fue enviado a su correo. El usuario debe dirigirse al correo o a la sección de comunicados para tomar el código y escribirlo en la pantalla que se encuentra y dar clic en continuar.
 
Aparecen, para aceptar, las condiciones. Dando clic se despliega el contrato de FE, que el usuario debe leer y aceptar, y enseguida el servicio le permite escribir y conformar una contraseña la cual debe cumplir con cuatro características.
 
Se da clic en el botón Generar firma y aparece el mensaje de la firma generada con éxito.
 
Así mismo llega un mensaje al correo del usuario el cual confirma que la generación de la firma ha sido exitosa.
 
Beneficios
  • Desde el 28 de julio hasta el 12 de agosto de 2020 se han generado 301.375 FE y  se han firmado 233.723 trámites.
  • Ya no es necesario solicitar cita ni enviar la solicitud a través del servicio de PQRS y denuncias para la obtención de la firma electrónica, en caso de que el usuario presente alguna de las siguientes situaciones:
    • Emitió o renovó el instrumento de firma electrónica pero no habilitó.
    • Olvido de clave.
    • Respuestas de validación del instrumento de firma electrónica.
    • Vencimiento del instrumento de firma electrónica.
    • Se encuentra en el extranjero y requiere firma electrónica.
    • Requiere firma electrónica por primera vez.
  • Simplemente el usuario - cuantas veces lo necesite- debe ingresar a su cuenta a nombre propio y realizar el trámite en línea sin requerir de la intervención de un funcionario.
  • El usuario no tiene que desplazarse a un punto de atención para realizar el trámite.
 Para saber más 
Comparta esta publicación