Se suspenden temporalmente la obligación de exportar las mercancías dentro de los seis meses siguientes a la fecha de expedición del correspondiente certificado al proveedor y la aplicación de la sanción por no exportar dentro de los términos legalmente establecidos
Las comercializadoras internacionales son aquellas personas jurídicas que tienen por objeto social principal la comercialización y venta de productos colombianos al exterior, adquiridos en el mercado interno o fabricados por productores socios de las mismas.