Permiso Especial Complementario de Permanencia

Foto: Migración Colombia

DICIEMBRE DE 2020

Sector: Relaciones Exteriores
Entidades Involucradas: Migración Colombia
Ciudadano: Empleo, Identificación
Mejora:Barrera/Normativa
Impacto regional: Exterior|Todo el país

Este permiso lo otorgaba Migración Colombia a los nacionales venezolanos a quienes se les rechazó su solicitud o no se les reconoció la condición de refugiado en Colombia.

El fenómeno migratorio venezolano hizo necesario establecer mecanismos de facilitación migratoria que permitieran permanecer en Colombia, de manera regular y ordenada, a los nacionales venezolanos a quienes se les rechazó su solicitud o no se les reconoció la condición de refugiado en Colombia, y a quienes les resultaba imposible retornar a su país de origen.
 
Modificaciones
 
La Resolución 2278 de 2019 de Migración Colombia implementó el Permiso Especial Complementario de Permanencia, creado mediante Resolución 3548 de 2019 del Ministerio de Relaciones exteriores.
 
Este permiso lo otorgaba Migración Colombia a los nacionales venezolanos a quienes se les rechazó su solicitud o no se les reconoció la condición de refugiado en Colombia, luego de haber solicitado el reconocimiento en el período comprendido entre el 19 de agosto de 2015 y el 31 de diciembre de 2018.
 
La Resolución 2278 estableció el procedimiento y condiciones para la expedición del Permiso Especial Complementario de Permanencia. Su vigencia era de 90 días, prorrogables de manera automática por dos periodos iguales, sin exceder el término de 2 años.
 
Beneficios
 
Migración Colombia expidió cinco Permisos Especiales Complementarios de Permanencia durante el periodo del 15/09/2019 al 15/12/2019, plazo en el cual los interesados podían acercarse a solicitarlo. 
 
Para saber más
Comparta esta publicación