Pago de obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias

JUNIO DE 2020

Sector: Hacienda
Entidades Involucradas: Dian
Ciudadano: Impuestos
Empresa: Pago de impuestos
Mejora:Barrera/Administrativa
Impacto regional: Todo el país

Incluir nuevos medios de pago electrónicos como las tarjetas de crédito y otros tipos de crédito
 

En materia tributaria, el pago por canales electrónicos comprende las obligaciones correspondientes a impuestos, anticipos, retenciones en la fuente, sanciones e intereses de mora, relacionadas con las declaraciones presentadas ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, que involucren tales conceptos.

En materia aduanera, los pagos de tributos aduaneros, intereses moratorios, sanciones y rescate pueden realizarse a través de canales electrónicos, cuando tales pagos se deriven de obligaciones relacionadas con las declaraciones de importación y declaraciones consolidadas de pago presentadas a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN (Resolución 15734 de 2007).
 
Modificaciones
 
Se modificó el anexo 2 de la Resolución 15734 de 2007 a través de la Resolución 000036 de 2019.  El cambio es con el fin de incluir, por parte de las entidades autorizadas para recaudar,  nuevos medios de pago electrónicos como las tarjetas de crédito y otros tipos de crédito.
 
Beneficios
 
Ahorro en tiempo para el usuario al tener mecanismos de pago que permiten el cumplimiento de obligaciones sin gestión de trámites adicionales.

Para saber más
 
Resolución 0036 de 2019

Anexo 2, Resolución 0036 de 2019

 
Comparta esta publicación