Oposición a solicitudes de registro de marcas

Foto: Imagen de TeroVesalainen en pixabay.com

JULIO DE 2019

Sector: Economía Naranja|Empresa
Entidades Involucradas: Superintendencia de Industria y Comercio
Empresa: Emprendimiento
Mejora:Barrera/Tecnológica
Impacto regional: Todo el país

La reforma realizada al SIPI permite que la oposición sea asignada automáticamente al examinador correspondiente

Las marcas son una categoría de signo distintivo que identifica a los productos o servicios de una empresa o empresario.
 
En Colombia, para proteger la propiedad intelectual de marcas, es necesario realizar un registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Para esto, la entidad tiene un procedimiento.
 
Uno de los pasos es la oposición, el trámite que puede iniciar cualquier persona que tenga legítimo interés para intentar impedir el registro de un signo distintivo.
 
Tiene una límite de tiempo dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de publicación del signo solicitado, y debe sustentarse en alguna de las causales de irregistrabilidad contenidas en los artículos 135 y 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina.
 
Modificaciones
 
Es una automatización, pues la reforma realizada al SIPI (Oficina Virtual de la Propiedad Industrial) permite que la oposición sea asignada automáticamente al examinador correspondiente, quien se encargará de analizar el caso y redactar el proyecto de acto administrativo que decida el asunto.
 
Beneficios
 
No es necesario realizar una asignación manual 1 a 1 de las oposiciones.
 
Para saber más
 
Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, como Régimen Común de Propiedad Industrial

Oficina Virtual de Propiedad Industrial de la SIC

Etapas del proceso de solicitud de marcas
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