Novedades en el Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) del SGSSS

AGOSTO DE 2020

Sector: Salud
Entidades Involucradas: Ministerio de Salud y Protección Social
Ciudadano: Salud
Empresa: Seguridad social
Mejora:Barrera/Administrativa
Impacto regional: Todo el país

Las transacciones aprobadas en el SAT son informadas a las EPS y demás actores, por lo tanto no se requiere el envío de información o soportes adicionales por parte del afiliado a la EPS


El Gobierno Nacional creó el Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) como un conjunto de procesos, procedimientos e instrumentos de orden técnico y administrativo.
 
El Ministerio de Salud y Protección Social lo implementó para registrar y consultar, en tiempo real, los datos de la información básica y complementaria de los afiliados, la afiliación y sus novedades en el Sistema General de Se​guridad Social en Salud-SGSSS.
 
https://miseguridadsocial.gov.co/ es el portal web del Sistema de Afiliación Transaccional, creado para que el usuario pueda realizar reportes de novedades y hacer consultas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y en el Sistema General de Riesgos Laborales.
 
Modificaciones
 
En el proceso de registro de cada persona en el SAT, el cotizante o cabeza de familia (subsidiado) es quien actualiza la información complementaria y de su grupo familiar que hoy en día se encuentra registrado en la Base de Datos Ünica de Afiliados.
 
Si desea incluir beneficiarios en su grupo familiar, se encuentra dispuesta la funcionalidad de inclusión de beneficiarios; proceso que le permite inscribir nuevas personas en su grupo, de acuerdo con las reglas establecidas en el marco legal.
 
Para este proceso debe adjuntar el documento de soporte que acredite el parentesco, soporte que se remite por el SAT a la EPS para su validación.
 
La novedad de movilidad se puede efectuar a través del SAT, si el afiliado cumple las condiciones para aplicar a la misma, la transacción queda aprobada para él y su grupo familiar inscrito, previo cumplimiento del nivel del Sisbén (nivel 1 y 2) para los beneficiarios que corresponda.
 
Las transacciones aprobadas en el SAT son informadas a las EPS y demás actores, por lo tanto no se requiere el envío de información o soportes adicionales por parte del afiliado a la EPS.
 
Beneficios
  • La novedad de movilidad se puede efectuar a través del SAT.
  • No se requiere el envío de información o soportes adicionales por parte del afiliado a la EPS.
  • Funcionalidad de inclusión de beneficiarios.
Para saber más

 

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