Notificación de ascenso o reubicación salarial en el Escalafón Docente Oficial en Bogotá

JUNIO DE 2020

Sector: Educación|Municipios
Entidades Involucradas: Alcaldía de Bogotá
Ciudadano: Educación, Empleo
Mejora:Trámite/Tecnológica
Impacto regional: Bogotá

Citación para notificación de manera electrónica a los docentes y directivos

El Decreto 1278 de 2002, Estatuto del Escalafón Docente Oficial, se aplica a quienes se vinculen a partir 19 de junio de 2002 como docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica (primaria y secundaria) o media, y a quienes sean asimilados.
 
El escalafón docente oficial está conformado por tres grados, cada uno de los cuales está compuesto por cuatro niveles salariales (A, B, C y D).
 
Se considera como ascenso la promoción de un educador a otro grado del Escalafón Docente Oficial. La reubicación de nivel salarial es el paso de un educador al nivel inmediatamente siguiente dentro del mismo grado del escalafón.
 
Los docentes o directivos docentes que obtengan más de 80% en la evaluación de competencias pueden ser candidatos a ser reubicados en un nivel salarial superior o ascender en el Escalafón Docente Oficial, previo cumplimiento de los requisitos legales.
 
En Bogotá, a los docentes o directivos docentes que ascienden o se reubican salarialmente se les informa a través de una citación, para notificarse de manera escrita, en el edificio principal de la Secretaría de Educación del Distrito, dependencia de la Alcaldía Mayor.
 
Modificaciones
 
Citación para notificación de manera electrónica a los docentes y directivos docentes que confirmen ser notificados de dicha manera.
 
Beneficios
 
  • Ahorro de tiempo.
  • Realizar la solicitud desde cualquier lugar.
  • Ahorro de papel.
  • Reducción de desplazamientos del docente o directivo docente a la entidad.
 
Para saber más
 
Trámites y servicios Alcaldía Mayor de Bogotá

Decreto 1278 de 2002

Decreto 316 de 2018

 
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