Microcréditos de Finagro: tasa de redescuento y tasa final al productor

AGOSTO DE 2020

Sector: Agropecuario
Entidades Involucradas: Comisión Nacional de Crédito Agropecuario|Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro
Empresa: Financiación
Mejora:Barrera/Administrativa
Impacto regional: Todo el país

Hasta el 31 de diciembre de 2020 se reducirá en un punto y medio (1,5) porcentual efectivo anual la tasa de redescuento de microcrédito

La Comisión Nacional de Crédito Agropecuario es el organismo rector del financiamiento y del manejo de riesgos de este sector de la economía.
 
Está conformada por representantes de los ministerios de Hacienda y de Agricultura y Desarrollo Rural, del Departamento Nacional de Planeación, del Banco de la República, de la Agencia de Desarrollo Rural y del Presidente de la República.
 
Entre sus funciones se encuentra fijar las políticas para  la tasa de redescuento del crédito de fomento agropecuario correspondiente a la línea de microcrédito de Finagro (Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario) y de la tasa final al productor.
 
La tasa de redescuento de microcrédito era de DTF+2,5%. La tasa al productor era libre y sujeta a los límites de usura establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC).
 
Modificaciones
 
La Resolución No. 2 de abril 4 de 2020 estableció que, debido al estado de emergencia por el COVID.19, “Hasta el 31 de diciembre de 2020 se reducirá en un punto y medio (1,5) porcentual efectivo anual la tasa de redescuento de microcrédito” correspondiente al crédito de fomento agropecuario.
 
La resolución establece además que las entidades financieras que accedan al redescuento para microcrédito bajo estas condiciones deberán presentar, en un lapso no mayor a sesenta (60) días calendario, una certificación del representante legal que haga constar haber efectuado una reducción de cinco puntos porcentuales en las tasas establecidas para los microcréditos redescontados.
 
Beneficios
  • Promover el financiamiento rural a través de Finagro.
  • Mitigar los efectos adversos de la pandemia del COVID-19 en la economía rural colombiana.
 Para saber más
 
Resolución 02 de 2020 Comisión Nacional de Crédito Agropecuario
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