Medios de prueba virtuales en investigaciones tributarias y de control cambiario

MAYO DE 2021

Sector: Comercio Exterior|Hacienda
Entidades Involucradas: Dian
Ciudadano: Impuestos
Empresa: Comercio Exterior, Pago de impuestos
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

La Resolución 79 de 2020 adoptó medidas transitorias para la realización de los medios de prueba virtuales en materia tributaria y de control 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, tiene amplias facultades de fiscalización e investigación para verificar la exactitud de las declaraciones u otros informes, adelantar investigaciones sobre obligaciones tributarias no declarados, citar o requerir al contribuyente, exigir del contribuyente o de terceros la presentación de documentos, así como para ordenar la exhibición y examen parcial de los libros, comprobantes y documentos, tanto del contribuyente como de terceros, legalmente obligados a llevar contabilidad.

Los medios de prueba y actividad de control prescritos en el Estatuto Tributario y norma cambiaria deben ser decretados mediante auto físico y notificados por mensajería expresa a los contribuyentes.

Para la práctica de los medios de pruebas los funcionarios de la entidad deben desplazarse hasta el domicilio del contribuyente o los contribuyentes deben desplazarse hasta la respectiva dirección seccional de la DIAN.

Modificaciones

La Resolución 79 de 2020 adoptó medidas transitorias para la realización de los medios de prueba virtuales en materia tributaria y de control cambiario como una forma de solución digital a las diligencias en el marco de las restricciones derivadas del COVID-19.

Establece por parte de la DIAN las soluciones digitales para la práctica de la diligencia, los medios para el envío de la información, el levantamiento del acta, la suscripción de la misma y demás elementos que se requieran.

Beneficios

Soluciones digitales para adelantar de manera virtual, mientras permanezca vigente la emergencia sanitaria, las inspecciones tributarias, las inspecciones contables y las visitas administrativas de inspección, vigilancia y control, en materia tributaria y de control cambiario.

Reducción en el tiempo para el decreto y práctica de los medios de prueba.

Para saber más

Resolución 079 de 2020
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