Licencia para servicios de salud con equipos radiológicos en Bogotá

Foto: Alcaldía de Bogotá

JUNIO DE 2020

Sector: Municipios|Salud
Entidades Involucradas: Alcaldía de Bogotá
Empresa: Calidad, Equipos, Responsabilidad social
Mejora:Trámite/Tecnológica
Impacto regional: Bogotá

Se desarrollará una plataforma tecnológica que permitirá la realización del trámite 100% vía web

La expedición, renovación o modificación de la licencia de prácticas médicas para el uso de equipos generadores de radiación ionizante faculta al prestador de servicios de salud a hacer uso de estos equipos, móviles o fijos, durante un período determinado.
 
Un generador de radiación ionizante es el dispositivo funcional que reúne sistemas y subsistemas eléctricos, electrónicos, incluidos los programas informáticos que intervengan en su buen funcionamiento.
 
Es capaz de generar radiación ionizante como rayos X, neutrones, electrones u otras partículas cargadas, que puede utilizarse con diferentes fines.
 
Estos equipos incluyen aquellos destinados a servicios de radiología odontológica periapical, densitometría ósea, radioterapia, radiodiagnóstico de alta complejidad, radiodiagnóstico de media complejidad, radiodiagnóstico de baja complejidad, radiografías odontológicas panorámicas y tomografías orales.
 
En Bogotá, este trámite se adelanta ante la Alcaldía Mayor a través de la Secretaría Distrital de Salud.
 
El ciudadano tiene que acercarse de forma presencial a la sede principal de la secretaría a radicar los documentos exigidos en los horarios establecidos: de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. en jornada continua.
 
Después de 20 días hábiles deberá nuevamente acercarse a la entidad para notificarse del acto administrativo que otorga la licencia.
 
Modificaciones
 
Se desarrollará una plataforma tecnológica que permitirá la realización del trámite 100% vía web, desde cualquier conexión a internet, 24 horas al día, los (7) días de la semana.
 
El ciudadano podrá adjuntar los documentos exigidos en formato digital y cumplir las condiciones legales establecidas, para posteriormente recibir, en un tiempo menor a 20 días hábiles y vía correo electrónico, el acto administrativo en formato digital que le otorga la licencia.
 
Beneficios
 
  • Disminución de costos para el ciudadano y para la Secretaría Distrital de Salud.
  • Disminución de tiempos de ejecución del trámite.
  • Eliminación de filas en ventanillas institucionales.
 
Para saber más
 
Trámites y servicios Alcaldía de Bogotá

Resolución 482 de 2018

Radiaciones Ionizantes, web Minsalud

 
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