IVA en servicios de Internet

JULIO DE 2020

Sector: Comunicaciones|Hacienda
Entidades Involucradas: Dian
Ciudadano: Impuestos
Empresa: Pago de impuestos
Mejora:Barrera/Administrativa
Impacto regional: Todo el país

Durante  cuatro  meses siguientes 0), estarán exentos de IVA los servicios de conexión y acceso a voz e Internet móviles cuyo valor no supere las dos unidades de valor tributario, UVT

El Gobierno expidió el Decreto 540 de 2020, por el cual se adoptan medidas para ampliar el acceso a las telecomunicaciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
 
La norma incluye medidas para que la población acceda de manera permanente a los servicios de telecomunicaciones mediante el alivio temporal de una de las cargas que inciden en el valor de los planes ofrecidos a los usuarios, especialmente al servicio de Internet.
 
Modificaciones
 
Durante los cuatro (4) meses siguientes a la expedición del decreto (13 de abril de 2020), estarán exentos de IVA los servicios de conexión y acceso a voz e Internet móviles cuyo valor no supere las dos unidades de valor tributario, UVT.
 
Beneficios
 
Ahorro económico para el usuario.
 
Para saber más

Decreto 540 de 2020.
Comparta esta publicación