Interoperabilidad entre información de entidades del Estado

MARZO DE 2020

Sector: Todos
Entidades Involucradas: Agencia Nacional Digital|Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones|Presidencia
Ciudadano: Identificación
Empresa: Formalización, Transparencia
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Se prevé la interoperabilidad de la información que tengan diferentes entidades del Estado para un sistema de Servicios Ciudadanos Digitales

El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.

En aplicación de estas facultades se expidió el Decreto 2106 de 2019, que  permitirá a todas las entidades públicas realizar mejoras en 2.900 trámites y procedimientos administrativos con el objetivo de mejorar el servicio y la atención a los ciudadanos.
 
Uno de los procedimientos tiene que ver con requisitos para adelantar trámites o documentos ciudadanos que reposen en bases de datos o sistemas de información de entidades del Estado.
 
Modificaciones
 
Este procedimiento tuvo tres intervenciones.
 
Se prevé la interoperabilidad de la información que tengan diferentes entidades del Estado para un sistema de Servicios Ciudadanos Digitales.
 
Así, las autoridades no podrán solicitar en sus trámites requisitos o documentos que reposen en bases de datos o sistemas de información del Estado.
 
La apuesta del Gobierno Nacional es que los ciudadanos ya no tengan que ir a las oficinas públicas y puedan realizar los trámites digitalmente, ahorrando tiempo en desplazamientos y dinero.
 
Hasta tanto las autoridades encargadas de llevar registros públicos se integren al servicio ciudadano digital de interoperabilidad, deberán habilitar su consulta gratuita y en línea a todas las demás autoridades, las cuales deberán consultar la información de dichos registros únicamente para la gestión de trámites.
 
En este caso, el ciudadano o usuario estará eximido de aportar el certificado o documento físico requerido y servirá de prueba bajo la anotación del servidor público que efectúe la consulta.
 
Beneficios
 
Trámites, procesos y procedimientos administrativos sencillos, ágiles, coordinados, modernos y digitales.
 
Para saber más
 
Decreto 2106 de 2019
 
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