Instrucción de radicación electrónica de escrituras para notarías

Foto: pixabay.com

ABRIL DE 2022

Sector: Justicia
Entidades Involucradas: Notarías|Superintendencia de Notariado y Registro
Ciudadano: Propiedad, Vivienda
Empresa: Instalaciones
Mejora:Barrera/Tecnológica
Impacto regional: Todo el país

Diversificación de canales para la prestación del servicio público notarial y registral

El registro de la propiedad inmueble es un servicio público prestado por el Estado.
 
Tiene como objetivos básicos servir de medio de tradición del dominio de los bienes raíces; dar publicidad a los instrumentos públicos que trasladen, transmitan, muden, graven, limiten, declaren, afecten, modifiquen o extingan derechos reales sobre los bienes raíces; y revestir de mérito probatorio a todos los instrumentos públicos sujetos a inscripción.
 
Están sujetos a registro:
 
  • Todo acto, contrato, decisión contenido en escritura pública, providencia judicial, administrativa o arbitral que implique constitución, declaración, aclaración, adjudicación, modificación, limitación, gravamen, medida cautelar, traslación o extinción del dominio u otro derecho real principal o accesorio sobre bienes inmuebles.
  • Las escrituras públicas, providencias judiciales, arbitrales o administrativas que dispongan la cancelación de las anteriores inscripciones y la caducidad administrativa en los casos de ley.
  • Los testamentos abiertos y cerrados, así como su revocatoria o reforma de conformidad con la Ley.
 
El usuario, una vez culminado el proceso de escrituración en la notaría, debía dirigirse a la oficina de registro de instrumentos públicos, ORIP, con los ejemplares físicos de las escrituras con el fin de culminar allí el proceso de registro.

Modificaciones
 
Se está adoptando por parte de las notarías el aplicativo de Radicación Electrónica – REL.
 
Dicho aplicativo tiene como finalidad permitir el cargue de la escritura pública, la liquidación de los derechos de registro, el pago de los mismos de forma virtual y la generación de un turno de radicación para la continuación del proceso de registro a cargo de la Superintendencia de Notariado y Registro.

La Circular 750 de 2021 de la Superintendencia de Notariado y Registro, dirigida a los notarios del país en proceso de implementación del REL, detalla las instrucciones para adelantar el procedimiento.
 
Beneficios
 
  • Modernización y simplificación del servicio público registral.
  • Diversificación de canales para la prestación del servicio público notarial y registral.
  • Promover de cara al usuario la cultura de las plataformas digitales dispuestas por la entidad para el uso en las notarías.
 
Para saber más
 
Comparta esta publicación