Inscripción en Registro de Prestadores de Servicios Públicos

Foto: pixabay.com

MAYO DE 2019

Sector: Planeación|Servicios públicos
Entidades Involucradas: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Empresa: Transparencia
Mejora:Trámite/Normativa
Impacto regional: Todo el país

Con la aplicación de la Resolución, organización de procedimientos internos y automatización, la inscripción en el RUPS será más rápida y sencilla.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios tiene entre sus obligaciones administrar, mantener y operar un sistema de información que se surte de datos provenientes de los prestadores de estos servicios, sujetos a su vigilancia, inspección y control, así como mantener un registro actualizado de las personas que prestan los servicios aludidos.

El Sistema Único de Información, SUI, cuenta con 18 años de funcionamiento y más de 9.000 gigas de información, en los cuales 3.000 usuarios proveen información comercial, financiera, administrativa y técnica-operativa de los servicios públicos domiciliarios. 

Una de sus herramientas es el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS), adonde reportan las empresas de acueducto, alcantarillado, aseo, gas y energía.

Con aplicación de resoluciones de la entidad, organización de procedimientos internos y automatización, la inscripción en el RUPS es más rápida y sencilla. En un trimestre cerca de 120 empresas hicieron este trámite. 

Modificaciones

Este trámite ha tenido dos intervenciones.

Se han realizado acciones de racionalización del trámite en el 2018 y en el 2019. Los ajustes propuestos se comenzaron a gestar mediante la expedición de la Resolución SSPD 20181000120515 del 25 de septiembre de 2018. Así mismo, la automatización de los trámites descritos implica mejoras en el Sistema Único de Información (SUI). 

Beneficios

  • El trámite continúa siendo virtual. Al generar una simplificación en el trámite interno para su atención, se espera una mejora en los tiempos de respuesta, la cual se verá reflejada en el Sistema Único de Información (SUI) después de 15 días hábiles.
  • El Estado y los interesados cuentan con un sistema eficiente y transparente que permite hacer inteligencia de datos, lo que potencializa la labor de inspección, vigilancia y control.


Para saber más

Resolución SSPD 20181000120515 

Sistema Único de Información, SUI

Decreto 990 de 2002 (Artículo 5)

Ley 689 de 2001 (artículo 14)

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