Los registradores de instrumentos públicos deberán remitir en formato digital al gestor catastral competente la información completa sobre modificaciones de la propiedad inmueble
El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.