Habilitación de un depósito privado aeronáutico

Foto: DIAN

MARZO DE 2020

Sector: Comercio Exterior|Hacienda
Entidades Involucradas: Dian
Empresa: Comercio Exterior, Equipos, Insumos
Mejora:Trámite/Normativa
Impacto regional: Todo el país

La legislación aduanera unificará los requisitos para entrega de planos de las áreas físicas para habilitar lugares a los diferentes usuarios aduaneros

Los depósitos privados aeronáuticos son lugares habilitados a las empresas nacionales de transporte aéreo regular de pasajeros y carga por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Su función es el almacenamiento de material aeronáutico que venga consignado a dichas empresas.
 
Por material aeronáutico se entiende todos aquellos bienes necesarios para permitir el vuelo de las aeronaves, tales como motores, turbinas, repuestos, componentes y equipo de tierra directamente relacionado con la aeronavegabilidad, así como aquellos equipos requeridos para la asistencia, mantenimiento y operación de las  aeronaves durante su estadía en los puertos.
 
La habilitación de estos depósitos sólo podrá realizarse dentro de las instalaciones de aeropuertos internacionales previamente definidos.
 
La legislación aduanera, al definir los requisitos de planos de las áreas físicas para habilitar lugares a los diferentes usuarios aduaneros, tiene criterios diferentes según el tipo de lugar.
 
Modificaciones
 
La legislación aduanera unificará los requisitos para entrega de planos de las áreas físicas para habilitar lugares a los diferentes usuarios aduaneros.
 
Beneficios
 
Facilitación en el trámite frente a un mismo requisito.
 
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