Exportación y reexportación de productos necesarios para afrontar el COVID-19

Sector: Comercio Exterior|Hacienda|Salud
Entidades Involucradas: Dian|Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Empresa: Comercio Exterior
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Restricción de la exportación de bienes necesarios para enfrentar la pandemia

La epidemia del coronavirus COVID-19 requiere priorizar el acceso de las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) a los insumos necesarios para atender la emergencia.
 
Debido al fuerte incremento de la demanda de productos que son necesarios para prevenir y contener el contagio del COVID-19 se ha generado escasez de los mismos, lo que puede afectar gravemente la capacidad de las instituciones prestadoras de servicios de salud para afrontar la situación.
 
También puede perjudicar a las empresas de transporte masivo, las empresas de transporte aéreo y terrestre, los aeropuertos y terminales terrestres, las entidades de Gobierno, a nivel nacional y departamental, las fuerzas de seguridad, los bomberos y la Defensa Civil, así como a las propias empresas de distribución comercial y las empresas de orden estratégico que deben continuar funcionando, de forma presencial e ininterrumpida, durante la epidemia.
 
Modificaciones
 
Aquí hubo dos intervenciones.
 
Mediante el Decreto 462 de  2020 se restringen las exportaciones de 24 productos esenciales para el sector salud, tales como medicamentos, dispositivos médicos y materias primas.
 
La Resolución 445 de 2020 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo aclara las excepciones que aplican a la restricción de exportaciones: mercancía en tránsito, operaciones al amparo de Sistemas Especiales de Importación y Exportación, mercancía que ya se encuentran en puerto, aeropuerto, deposito autorizado, y situaciones jurídicas consolidadas, entre otros.
 
La DIAN expidió cuatro memorando de instrucción interna con instrucciones operativas para la implementación de la prohibición de exportación de los productos y sus respectivas excepciones.

Beneficios
  • Restricción de la exportación de bienes necesarios para enfrentar la pandemia.
  • Garantizar su distribución prioritaria a las entidades de orden estratégico para la Nación.
Para saber más
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