Devolución de saldos a favor por impuesto a la renta y CREE

MARZO DE 2020

Sector: Hacienda
Entidades Involucradas: Dian
Empresa: Pago de impuestos
Mejora:Trámite/Administrativa
Impacto regional: Todo el país

Devolución automática del saldo a favor, previo cumplimiento de los requisitos de ley

Los contribuyentes o responsables que liquiden saldos a favor en sus declaraciones tributarias podrán solicitar su devolución.
 
Además, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales deberá devolver oportunamente a los contribuyentes los pagos en exceso o de lo no debido que estos hayan efectuado por concepto de obligaciones tributarias y aduaneras, cualquiera que fuere el concepto del pago, siguiendo el mismo procedimiento que se aplica para las devoluciones de los saldos a favor.
 
Esto incluye la devolución o compensación por saldos a favor originados en las declaraciones o actos administrativos del impuesto sobre la renta y complementarios e impuesto de renta CREE.
 
Actualmente el trámite es manual.
 
Modificaciones
 
Devolución automática del saldo a favor, previo cumplimiento de los requisitos de ley.
 
Beneficios
 
El contribuyente obtendrá saldo a favor en menor tiempo.
 
Para saber más 
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