Depuración normativa de circulares de Comercio Exterior

ABRIL DE 2021

Sector: Comercio Exterior|Empresa
Entidades Involucradas: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Ciudadano: Justicia
Empresa: Comercio Exterior
Mejora:Norma en desuso/Eliminación
Impacto regional: Exterior|Todo el país

Mediante la Circular 001 de 2021 se derogaron circulares que ya no se aplican por criterios de obsolescencia, transitoriedad y decaimiento

La Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo culminó un ejercicio de mejora regulatoria en beneficio de ciudadanos y empresarios.
 
Mediante la Circular 001 de 2021 se derogaron circulares que ya no se aplican por criterios de obsolescencia, transitoriedad y decaimiento.
 
El criterio de obsolescencia, hace referencia a las normas cuyos supuestos de hecho o de derecho (o sus consecuencias jurídicas) no resultan compatibles o aplicables frente a la realidad actual, de tal manera que es inviable continuar con la aplicación de la norma existente.
 
El criterio de transitoriedad se refiere a aquellas disposiciones transitorias que se crean como marcos de transición y que después de un período determinado pierden su fuerza ejecutoria.
 
El criterio de decaimiento tiene lugar cuando desaparecen del marco jurídico las disposiciones o normas constitucionales o legales que le sirven de sustento a una de rango inferior.
 
Modificaciones
 
El ejercicio de mejora normativa incluyó la derogatoria de 109 circulares.
 
Entre otras, la entidad encontró circulares expedidas entre 2000 y 2013 que establecían instrucciones sobre diversos temas con términos de tiempo que, por ejemplo, eran de 3, 4, 6 meses o un año. Se referían a temas como plazos máximos para cumplir requisitos o suspensiones y autorizaciones temporales para importaciones y exportaciones de determinados productos.

Como todos esos términos de transitoriedad ya se cumplieron, los documentos fueron derogados.
 
Otras circulares encontradas se basaban en disposiciones que perdieron vigencia. Esta situación corresponde al decaimiento e incluían la obligación de inscribirse en registros que ya no existen, información sobre normatividades que desaparecieron y fueron reemplazadas por otras o fijar tarifas anuales por los servicios prestados por las entidades relacionadas con el comercio exterior.
 
Las circulares del Mincomercio derogadas por obsolescencia están relacionadas con funciones que ya no corresponden a la entidad, dependencias eliminadas en procesos de reorganización y otras situaciones que las hacen incompatibles o inaplicables en la realidad actual.
 
Beneficios
 
La depuración normativa busca expulsar del ordenamiento jurídico colombiano aquellas disposiciones que se han tornado, por diversos factores y fenómenos, en obsoletas.
 
El ejercicio aplicado a circulares expedidos por la Dirección de Comercio Exterior se enmarca en la estrategia encaminada a mejorar la calidad normativa.

Posibilita el fortalecimiento del sistema jurídico nacional, al brindar un mayor grado de seguridad jurídica a los ciudadanos a través de la claridad y certeza sobre las disposiciones vigentes.
 
Para saber más

Circular 001 de 2021 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
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