Precisiones en el procedimiento
El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.
En aplicación de estas facultades se expidió el Decreto 2106 de 2019, que permitirá a todas las entidades públicas realizar mejoras en 2.900 trámites y procedimientos administrativos con el objetivo de mejorar el servicio y la atención a los ciudadanos.
Uno de los procedimientos tiene que ver con la obligación que tienen las entidades públicas que editan libros de enviar ejemplares para canje a la Biblioteca Nacional.
Modificaciones
Los términos del depósito para canje de publicaciones quedan así: las entidades públicas que editen libros -de carácter pedagógico, cartillas y obras de interés general- quedan obligadas a enviar a la Biblioteca Nacional de Colombia, dentro de los 60 días siguientes a la publicación, cuarenta ejemplares.
Son para canje con entidades nacionales o extranjeras y para divulgación cultural entre bibliotecas públicas y otras instituciones nacionales o extranjeras.
Se excluyen de esta obligación los libros especializados en cualquier área del conocimiento.
Será potestad de la Biblioteca Nacional, previo acuerdo con la entidad oficial correspondiente, el recibo y distribución de un mayor número de ejemplares.
La obligación también aplica en los contratos celebrados entre el Gobierno y particulares sobre publicación de obras, a costa del Gobierno, y en los cuales la propiedad de la edición quede a favor del autor.
Beneficios
Trámites, procesos y procedimientos administrativos sencillos, ágiles, coordinados, modernos y digitales.
Para saber más
Decreto 2106 de 2019